Las Compañías de seguros cuentan con productos específicos para dar cobertura a los capitales de Responsabilidad civil exigidos por ley, y ofrecen de forma opcional otra serie de garantías para complementarlo.
En la actualidad el límite de indemnización exigido por ley asciende a 90.151,82 € para daños corporales.
Este seguro tiene un coste relativamente bajo. Las aseguradoras cuentan con productos en los cuales se puede complementar el límite de cobertura de Responsabilidad Civil y ampliarlo de forma voluntaria por tramos adicionales de 60.000 €, 90.000 €, 120.000 €, 150.000 €, etc… llegando en algunos casos hasta 600.000 € o incluso más, para cubrir daños personales y materiales. Y también cubrir la defensa y reclamación de daños.
Estos mismos productos permiten en muchos casos la opción de cubrir Accidentes personales (Fallecimiento e Invalidez), así como gastos médicos. También asistencia en Viaje, daños y robo del arma, Daños al perro etc…
El ámbito territorial por defecto suele limitarse al territorio español, sin embargo también es posible ampliarlo a toda la Unión Europea e incluso a casi todo el mundo.
Reglamento
* (Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria).
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