Definición: Se entiende por accidente, la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad o intencionalidad del asegurado.

Objeto y alcance del seguro: Mediante los seguros de accidentes, las Aseguradoras garantizan en caso de accidente cubierto por el seguro, el pago al Asegurado o, en su caso, al Beneficiario, de las indemnizaciones pactadas en el contrato de seguro.

Ámbito de cobertura: Conviene que compruebe, sobre todo si suele viajar, si el seguro que va a contratar ofrece cobertura en todo el mundo o si por el contrario contiene alguna limitación geográfica.

Seguro de Accidentes

Modalidad de contratacion: Los seguros de accidentes pueden contratarse de forma que le ofrezcan cobertura durante el horario profesional, horario extra-profesional (vida privada), o incluso para cubrirle durante las 24 horas. Por ello, debe procurar que dicha modalidad se adapte a sus necesidades reales.

 

Garantías

Pulse el siguiente enlace para conocer con mayor detalle las garantías más usuales de esta modalidad de seguro.

 Garantías

 

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